IVA y Recargo de Equivalencia en tiendas online eCommerce

iva y recargo de equivalencia

Del IVA todo el mundo ha escuchado hablar, impuesto que todos tenemos que pagar continuamente al adquirir bienes o servicios, pero el recargo de equivalencia ya es menos usual y siempre se genera muchas dudas. Vamos a explicarte sobre el IVA y Recargo de Equivalencia en tiendas online eCommerce específicamente.

Primero vamos a definir los conceptos.

¿Qué es el recargo de equivalencia? ¿Para quién es aplicable?

1. Es un régimen especial de IVA en que los comerciantes minoristas están obligados a encuadrarse en su actividad económica. No es optativo, sino obligatorio.

2. Es solo aplicable a empresarios individuales, No a Sociedades mercantiles.

3. Son obligados sólo los vendedores al por menor, es decir, para empresarios quienes compran a mayoristas u otras tiendas para luego revenderlos a particulares. Si menos del 80% de tu total de ventas no son a particulares ya no serías catalogado como minorista, si no mayorista en régimen general de IVA.

4. Estas reventas de productos no deben haber sido sujetas a ninguna transformación. Ejemplo: compro camisetas a un proveedor y tal cual me llegan las revendo a mis clientes. (OJO El serigrafiarla ya se considera transformación, CV2356-13 ) por tanto no estarías incluido en el R.E. Y si mandas a terceros para que, bajo tus instrucciones, modifiquen un producto y aunque tú lo recibas ya acabado, tampoco estarías en Recargo sino en Régimen General de IVA.

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¿En qué consiste el recargo de equivalencia?

Supone que en las compras que realicemos a estos mayoristas ellos nos aplicarán un IVA y Recargo de Equivalencia en tiendas online eCommerce. Y en compensación a ello nuestras ventas (Base imponible + IVA incluido) será ingreso íntegro para nosotros, ya que ese IVA no deberemos aportarlo a Hacienda.

  • Artículos al tipo general del 21%: recargo del 5,2%
  • Artículos al tipo reducido del 10%: recargo del 1,4%
  • Artículos al tipo super reducido del 4%: recargo del 0,5%

Ejemplo: Compro a un mayorista 10 zapatillas por 100€ + 21% más 5,2%, y luego las vendo por 200€ + 21% IVA

En esta operación se puede calcular fácilmente que si vendemos con un buen margen comercial el Recargo de Equivalencia supone un beneficio extra respecto al estar en Régimen General.

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Particularidades del IVA y Recargo de Equivalencia en tiendas online eCommerce – Modelo 349 y Modelo 309

¿Todo lo que compre va a llevar Recargo de Equivalencia?

No, solo llevará el Recargo aquello que sea para la reventa. Es decir, serán solamente esos bienes o productos, embalajes, cajas y precintos necesarios para esa venta posterior. Lo demás solo llevaría IVA, por ejemplo los servicios de asesoría que no son un producto para revender.

¿Si realizo dropshipping también estaré en R.E.? Más info fiscalidad del dropshipping

Sí. Aunque no almacenes el producto y la trayectoria del mismo sea solo una del dropshipper hasta el cliente final, se considera que hay dos operaciones a efecto fiscales, una entrega del dropshipper al intermediario, y otra de este hasta el cliente final. V3145-19

¿Si realizo compras intracomunitarias en las que no me aplican IVA ni Recargo el mayorista?

En ese caso el IVA se debe pagar en un modelo de IVA no periódico a final de cada trimestre. Modelo 309 en el que se pagará el IVA y el recargo de esas compras. Además del modelo informativo resumen de operaciones intracomunitarias 349.

¡OJO! Si te prestan servicios Google o Facebook deberás pagar el IVA (aunque no el recargo) de esas facturas en el modelo 309 a final de trimestre. Esto se debe a que en recargo de equivalencia en las operaciones en inversión de sujeto pasivo donde uno mismo se auto repercute el IVA hay que pagarlas, al no venir en la propia factura de nuestro proveedor. También deberemos pagar el IVA de cualquier servicio que nos presten desde fuera de España y que no lleva IVA aplicado en la factura.

Pago de IVA y/o Recargo en Operaciones Intracomunitarias o con Inversión del Sujeto Pasivo AEAT

¿Si realizo importaciones de productos?

Si la operación lleva IVA (caso de compras por valor de más de 22€, desde el 1 de julio de 2021 para cualquier importe), también entonces a su vez se aplicará recargo de equivalencia. Pagaremos ambos importes cuando pase el producto por aduanas, que serán los que nos avisen como condición para que dicho producto haga entrada en España.

David Lahuerta

Sobre el autor

David Lahuerta

Asesor de Autónomos y Empresas

10 comentarios a “IVA y Recargo de Equivalencia en tiendas online eCommerce

  1. si estoy en recargo de equivalencia, tengo que registrarme en la ventanilla única? para ventas de dropshipping

  2. Estoy en recargo de equivalencia, dada de alta en el ROI, y tengo facturas de facebook sin iva. Debo declarar el IVA (sólo el 21%) con el 309 ? (aparte de presentar 349 claro está).

  3. Hola, estoy en recargo de equivalencia y mi proveedor está en china. Dada esta situación y enviado el producto de china a España, debo para el IVA + Recargo de mi compra y además pagar el IVA de mi venta a través de la ventanilla única? Gracias y un saludo.

    1. Hola Alejandro.

      Por lo que comenta entiendo que no. Solo el IVA de su venta, ya que el importador de la mercancía no es usted, sino directamente el cliente final, solo que usted es el responsable de que el IVA del cliente final se recaude, por eso el tema de la ventanilla única.

      De todos modos necesitaríamos más detalle y lo adecuado es que nos llame para confirmarle según el caso. Saludos.

      1. Hola David,

        Gracias por la respuesta. A qué número puedo llamarte para consultar este tema rápidamente?

        Gracias y un saludo.

  4. Hola, soy autonomo en el regimen de recargo de equivalencia,tengo una tienda online y compre unos productos en aliexpress por menos de 150 euros, al tener numero vat ellos no me aplicaron el iva, y al venir los productos a Espana fueron gestionados en aduana sin mi autorizacion por correos y por mas que llame que me aplicaran el recargo de equivalencia solamente me cobraron el iva (21 %),ahora no se como hacer para reintegrar a la AEAT ese recargo,que puedo hacer? muchas gracias

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