Cómo darse de alta en autónomos en Madrid

Cómo darse de alta en autónomos en Madrid OKasesores

En este artículo vamos a explicar cómo darse de alta en autónomos en Madrid. Con la nueva ley de autónomos 2018 ya aprobada, explicada en detalle en esta entrada, las ventajas de alta autónomo han aumentado considerablemente. Además existen otras ayudas y subvenciones de las que ya comentamos en semanas pasadas.

Vamos a explicarlo por pasos y clasificando las principales fases del alta.

 

Fase 1. El Alta en Hacienda

Esta fase del alta nos va a permitir poder comenzar a facturar a nuestros clientes, y también a poder incluir nuestras facturas de gasto deducibles para nuestra actividad.

En nuestro negocio el objetivo principal suele ser maximizar beneficios, es decir, cuantos más ingresos y menos gastos, mejor. Pero dado el caso lógico de que tengamos gastos del negocio, otro de los objetivos es maximizar nuestras deducciones en nuestra actividad empresarial o profesional. De este modo obtendremos una carga impositiva menor ya que la diferencia entre Ingresos de la Actividad menos Gastos deducibles de la Actividad arrojará un Rendimiento final menor.

El alta en autónomos en Madrid y resto a nivel nacional mediante el Modelo 037 Alta de Censo de Empresarios Simplificado. Con certificado electrónico o Clave Pin se puede hacer de forma telemática. Este modelo de Hacienda es MUY IMPORTANTE, es donde informas de tu situación fiscal más importante y debe siempre ajustarse a la realidad. Sobre ella se basará principalmente:

  • El modo de tributación de IRPF. Si por módulos, estimación directa simplificada o estimación directa. O la posible renuncia experesa a módulos si no me interesa.
  • El Régimen de IVA al que estaré sujeto. O incluso si estoy exento a él en base a los tipos de actividad.
  • El posible sistema de deducciones dependiendo de las casuísticas de mi domicilio fiscal o de mi actividad.
  • El IAE epígrafe al que debo estar inscrito dependiendo de mi actividad o a varios si son diversas las actividades realizadas.
  • Si voy a actuar como retenedor por ejemplo ante servicios profesionales de los que sea cliente, o como arrendatario del local.
  • Si me doy de alta en el ROI (Régimen de Operadores Intracomunitarios) en el caso que prevea que vaya a tener compras o ventas con otros países de la UE Unión Europea.

Estas variables hacen que las obligaciones fiscales sean distintas según cada caso concreto. Un alta incorrecta puede hacer que tengas problemas desde el inicio con Hacienda.

¿Quieres emprender y beneficiarte de todas las ayudas y subvenciones? Trabajamos Modo Online y Modo Presencial en nuestras oficinas.

Fase 2. Alta autónomos Madrid en la Seguridad Social

Esta alta es independiente de la de Hacienda, y en este caso nos sirve para cotizar, obligatorio en contingencias comunes, en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Se tiene de plazo 30 días desde el Alta en Hacienda. Se puede realizar telemáticamente o mediante el impreso TA051.

Sobre la condición no obligatoria de cotizar en según qué casos podéis ver un artículo de pasados meses donde detallamos esta info.

Lo más relevante en esta alta va a ser:

  • Elegir bien nuestro CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) que es una clasificación que realiza la Seguridad Social en función de la actividad que realicemos.
  • Indicaremos la base de cotización en el alta en autónomos en Madrid, que puede ser la mínima, actualmente en algo más de 900€, y sobre esa base se calcula la cuota a pagar. La cuota mínima a pagar sin bonificaciones es de 275€. Aquí +info sobre las bonificaciones.

     

 Fase 3. Obtener la Licencia de Actividad

En locales a pie de calle, atención al público, etc.. en la mayoría de los casos se suele necesitar tener la correspondiente Licencia de Actividad como complemento al alta en autónonos en Madrid.

Su tramitación se realiza en el departamento responsable de cada municipio en donde radique el local. En el caso de Madrid capital está la “Atención al Ciudadano de la Agencia de Licencias del Ayuntamiento de Madrid”.

Este proceso se puede agilizar con la Declaración Responsable, de todos modos es aconsejable ponerse en las manos de un experto en la materia, consúltenos sin compromiso.

 

Fase 4. Registro de Nombre Comercial

El Registro una vez aprobado tendrá una vigencia de 10 años con opción a renovaciones posteriores de 10 años. Se puede solicitar presencialmente en la OEPM Oficina Española de Patentes y Marcas

Nosotros le ofrecemos nuestro servicio de Registro de Nombre Comercial en el cual:

  • Delimitaremos exactamente las áreas de actividad sobre las que va a desarrollarse el nombre comercial o marca comercial.
  • Requeriremos de varias informaciones relativas para la solicitud necesarias.
  • Aseguraremos que ese nombre comercial o marca no esté ya registrado y esté disponible para el Registro de Marcas Online y Nombre Comercial Online.
  • Realizaremos la solicitud de Registro y su seguimiento.
David Lahuerta

Sobre el autor

David Lahuerta

Asesor de Autónomos y Empresas

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