Vamos a explicarte con detalle cómo funciona prestación baja autónomos. Aunque sea una prestación con distintas características a las del trabajador asalariado, no hay que olvidar que cuando estas en baja médica, puedes cobrar una prestación económica.
Requisitos para tener Derecho a la prestación baja autónomos
- Poseer el justificante médico de Baja firmado por tu médico de familia de la Seguridad Social.
- Estar dado de alta en el Régimen de Autónomos.
- Estar al corriente de pagos con SegSocial. ¡No tener deudas!
Además:
- Si estás en Baja por Enfermedad Común: Problema médico o de salud no referido a un accidente laboral. Debes haber cotizado en cualquier régimen de la Seg.Social al menos 180 días en los últimos 5 años.
- Si estás en Baja por Enfermedad o Accidente Laboral: No hay requisitos añadidos a los anteriores mencionados.
¡IMPORTANTE! Se considera Baja por accidente laboral si este ocurre durante tu traslado de tu domicilio de residencia a tu domicilio de la actividad, o viceversa.
Cumplas o no estos requisitos SIEMPRE cuando tengas una baja laboral de tu médico de familias debes avisar a tu Mutua, que para los autónomos es quien colabora con el sistema de Seguridad Social en la gestión de estas prestaciones. Las mutuas más conocidas que gestionan la prestación baja autónomos son Fremap, Asespeyo, Ibermutua,..
¿Qué documentos me pedirá la Mutua para gestionar la Prestación Baja Autónomos?
Cada Mutua puede variar en la laxitud y requerimiento de documentación, pero básicamente serán dentro del plazo de máximo 15 días desde la fecha de la baja:
- Baja médica firmada por tu médico de familia.
- Modelo 145 de Comunicación de datos al pagador.
- Fotocopia de DNI.
- En los casos de Accidente Laboral parte Delta (Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados), que se realiza desde la página del ministerio de Trabajo aquí.
¿Cuánto voy a cobrar durante mi Baja Laboral Autónomos?
Deberemos revisar dos conceptos para saberlo:
- Base de Cotización:
Esto es el importe sobre el que cotizo, y que en función de él pago una cuota de autónomos mayor o menor. Durante los años iniciales que tenga la cuota bonificada la Base de cotización es de unos 970€, y se paga 86€/mes, y posteriormente esa base debe ajustarse en función de los beneficios mensuales medios que generes en tu actividad económica. Aquí lo explicamos con detalle.
- Tipo de Baja Médica:
- Por Enfermedad Común: Cobras desde el 4º día de tu baja hasta si llegas al 20; un 60% de tu base de cotización Mensual dividido entre los días que estás efectivo de baja. Y a partir del día 21 un 75% de la Base de cotización diaria.
- Por Enfermedad o Accidente Profesional: Cobras desde el 1er día un 75% de tu base de cotización Mensual dividido entre los días que estás efectivo de baja.
¿Hay un tiempo máximo de prestación para una Baja médica?
Sí, tiene una duración de 365 días, que una vez llegado, si el INSS observa posibilidades reales de alta en el futuro cercano, puede prorrogarlos 180 días más.
Pasados ya los 545 días, si no es posible el alta, debe comenzarse a preparar un expediente de incapacidad.
¿Y la cuota de autónomos? ¿La sigo pagando?
Sí, pero solo durante los primeros 2 meses de la baja. Si se prolonga más ya quedarás exento de pagarla.
De hecho, RECUERDA que durante tu tiempo de prestación Baja Autónomos sigues teniendo las mismas obligaciones con Hacienda en cuanto a Libros Contables, modelos tributarios, etc..
IMPORTANTE! Obviamente durante tu tiempo de baja no podrás trabajar ni tampoco emitir facturas. Sí que será posible deducir gastos en cuanto a los que son gastos fijos operativos habituales. La propia cuota de autónomos, factura de teléfono, luz, agua, alquiler,..