Desde hace años las Haciendas de los distintos países miembros de la UE han estado trabajando en una nueva Ley IVA Tiendas online 2025 eCommerce UE, basadas en las directivas 2017/2455 y 2019/1995, y estas programan entrar en vigor el 1 de julio de 2021. Basan los cambios en la venta a particulares/consumidores finales.
Revolución
Las formas de consumo en la última década han sufrido cambios muy significativos, siendo ya tan habitual comprar cualquier producto de forma online como en una tienda física. Esto ha conllevado a que el país demandante de productos no fuera el recaudador del IVA ya que la operación queda localizada en la sede del proveedor. Todo el entramado de cambios tienen la finalidad de que se recaude el IVA en el país del destinatario.
AQUÍ te explicamos y PUEDES VER CÓMO CAMBIA EL IVA EN LAS PRESTACIONES DE SERVICIOS ENTRE la UE y fuera de la UE
CAMBIOS en Ley IVA Tiendas online 2024 eCommerce UE (Ventas a Consumidores Finales)
Ventas de producto a particulares entre países dentro la UE:
- Bajo el nuevo concepto de VaDIB (Ventas a Distancia Intracomunitaria de Bienes) art.8.Tres Ley IVA, se tributará con el IVA del país del destinatario Consumidor Final de la mercancía.
- Excepción: Sólo podremos vender con el IVA español (opcional) en los primeros 10mil€/año iva excl. del total de ventas a particulares de otros países de la UE. Sino después siempre el IVA de la sede del destinatario, como indicado en el punto 1 anterior.
- El IVA recaudado de otros países de la UE se aportarán en un modelo tributario trimestral en la Hacienda española bajo un sistema de Ventanilla Única (OSS “One Stop Shop”) donde estos IVAs de terceros países de la UE recaudados los transferirá a las Haciendas correspondientes.
- Dejan de estar en vigor los umbrales de ventas a distancia entre países de la Unión Europea donde por ejemplo el de España era de los primeros 35000€ en los que se podía vender con IVA de la sede del vendedor.
IMPORTANTE!! Ahora en la nueva Ley IVA Tiendas online 2023 pasan a ser de 10 mil € el umbral único y general de ventas totales a todos los países miembros de la UE.
¿Cómo impacta esto en el Dropshipping? Puedes verlo en otros de nuestros artículos aquí
¿Quieres más asesoramiento de tu tienda online? Llámanos. Trabajamos Online y Presencial en nuestras oficinas.
Ventas de producto a particulares desde fuera de la UE (por ejemplo, afectación para LLC’s):
Bajo el nuevo concepto de VaDBI (Ventas a Distancia de Bienes Importados) Pasarán a ocurrir 2 hechos imponibles:
- El IVA para el vendedor por la VaDBI, que envía un bien desde fuera de la UE a un consumidor final de dentro de la UE.
- El IVA de la importación, hecho imponible que ya existía. Es el pago del IVA que realiza el consumidor final en la aduana en función del valor del producto. (ya no hay exención para envíos de valor inferior a 22€).
2. El IVA de la VaDBI del vendedor se podrá acoger a la Ventanilla Única y liquidar para Hacienda ese IVA recaudado, y eso hará que la importación quede exenta para el cliente final, por lo que ya no deberá hacer el pago del IVA en aduanas.
3. Las empresas (incluidas las de fuera de la UE) deberán darse de alta con número de OSS en al menos 1 país de la UE para realizar estas declaraciones tributarias, o mediante intermediario representante fiscal. NO será necesaria alta en cada uno de los países de la UE donde se realicen ventas ya que con el sistema One Stop Shop en una única declaración se podrán aportar los IVAs cobrados a particulares de toda la UE.
4. En el caso que los bienes importados sean para la venta en el mismo territorio español y sean consideradas de escaso valor (inferior a 150€) el vendedor podrá de forma OPCIONAL NO acojerse a la Ventanilla Única. En este caso habría un hecho imponible que sería la importación realizada por el cliente final sujeta a IVA y lo liquidará el intermediario (transportistas y empresas de paquetería) o vendedor por cuenta del consumidor (se presumirá autorización de este), por lo que deberán posteriormente aportar una relación mensual (declaración H7) de estos IVA’s pagados a la importación.
El objetivo de esta nueva reformulación de estas operaciones Ley IVA Tiendas online 2022 es muy claro, que este tipo de ventas finalmente queden sujetas a IVA, algo que con frecuencia “se escapaba”.
Marketplaces (Para vendedores no establecidos dentro de la UE)
Para los vendedores de fuera de la UE que usen intermediarios para la venta online, tipo Amazon, Aliexpress,.. a efectos del IVA se entenderá en 2 situaciones concretas “la ficción” por la cual estos marketplaces han comprado y luego revendido la mercancía.
Estas son:
1. Para las VaDBI (Ventas a Distancia de Bienes Importados) de valor intrínseco inferior a 150€ por un proveedor no establecido en la UE que usa un Marketplace
Ejemplo. Vendedor chino usa plataforma Marketplace Francesa para vender a un particular en España. Esto hará que:
- Hay una primera entrega “ficción”, del proveedor chino a la empresa francesa (Amazon Francia). NO SUJETO a IVA.
- Hay una Venta del Marketplace francés al particular español. Una VaDIB (Venta a Distancia Intracomunitaria de Bienes) SUJETO a IVA español. Que la plataforma puede acogerse al OSS Ventanilla Única para liquidarlo.
2. Ventas dentro de la UE por un proveedor no establecido en la UE que usa un Marketplace (El proveedor deja almacenado previamente sus productos en un país de la UE)
Ejemplo. Empresa china manda productos a los almacenes de Amazon España, para cuando un particular de España lo demande la entrega sea mucho más rápida. En esta situación se dará:
- Una primera entrega interior “ficción” en España del proveedor de fuera de la UE a la plataforma, será exenta a IVA. (art.20bis LIVA)
- Una posterior entrega interior del producto almacenado en el marketplace al consumidor final. SUJETA a IVA.
Estas plataformas estarán obligadas a almacenar información de todas sus transacciones realizadas con los proveedores durante 10 años por si fueran de requerimiento de la AEAT
TODOS estos regímenes especiales van a estar cubiertos con el alta censal vía Modelo 035, y modelo de presentación 369 para los IVAs recaudados de los distintos países de la UE.
Hola, pero si estoy en recargo de equivalencia, no hago iva. Como declaro esto?.
Y si estoy en REBU, como lo declaro?
Muchas dudas
Hola Nuria. En la parte de tus ventas del mismo modo, ya que aún estando en Recargo de Equivalencia tus ventas llevan IVA. Para verlo en detalle tu caso particular nos puedes contactar.
Saludos.
buenos dias, entonces los que estamos en recargo de equivalencia tenemos que pagar dos veces el iva? en el recargo y luego si superamos el umbral otra vez a traves de la OSS en el pais de destino?, gracias.
Sí,… lamentablemente sí. Con esto queda claro que la actividad en recargo de equivalencia minorista NO está pensada para la venta online fuera de España..sin embargo paradójicamente La Ley del IVA obliga a quien está como empresario individual y cumple con determinadas circunstancias a acogerse obligatoriamente a este régimen.
El modo de salir de él es mediante SL. o vendiendo más del 20% del total a otras empresas no particulares, que hace que tampoco sigas obligado a recargo.
Y por último, esto está en vías de cambiar, porque como está claro, Alejandro, perjudica mucho al comerciante minorista que quiere salir de España.
mil gracias por su aclaración, saludos.
Hola David,
Tengo una duda. Tengo una empresa dropshipping que habitualmente realiza las compras a través de AliExpress. AliExpress ya está cobrando el IVA de todas las compras que realizo para los clientes finales. ¿Esto significa que yo no tengo que declarar el IVA sobre el precio final que establezco en la web? Ejemplo: Un cliente compra algo en mi web por valor de 20€. Acto seguido, yo lo compro en AliExpress por valor de 15€ (IVA incluido). En la declaración trimestral, esa venta está exenta de IVA, ya que ya lo he pagado a AliExpress y éste lo declarará a través de la ventanilla única?
Exacto Carlos. En estos casos de escaso valor (menos 150€) donde el envio es con destino en España, la plataforma intermediaria puede hacerte ya esa gestión. En el caso de AliExpress como bien dices sí la hace y ya no es la empresa de envio quien deba rcaudar ese IVA directamente del cliente final destinatario.
Hola, he entendido que si compro en AliExpress el precio ya viene con el IVA incluido y lo pagan ellos, pero yo estoy con Recargo de Equivalencia, el resto de mis proveeedores me lo cargan en las facturas, pero Ali que yo sepa no, entonces… ¿Como gestiono el RE de mis compras a AliExpress? si no lo declaro de alguna manera estaré defraudando, ya que yo no hago declaracion de IVA. ¿no?
Hola Manuel.
Es normal que tengas un poco de confusión. El IVA que recauda Aliexpress (si es dropshipping con China) no es un IVA de tus compras, si no un IVA de tu venta que recuada la plataforma.
De todos modos llámanos si necesitas una asesoría y podamos con exactitud ver tu tema concreto.
Saludos!
No uso Dropshopping , solo compro en Ali y despues vendo al por menor. Por eso mi duda , siempre mis proveedores españoles me incluyen el RE en las facturas, pero en al caso de Ali , no se como hacerlo bien.
Hola, Compro productos en China a traves de Alibaba, los almacenamos en un centro de distribución en Holanda para enviarlos una vez vendidos, a clientes por todo el mundo.
Estoy registrado en España como autónomo, el proveedor de China dice que por ese motivo, Alibaba automáticamente le suma VAT al precio ya que la mercancía no se envía a España.
Esto es correcto? Anteriormente importaba a España (centro de distribución) y solamente pagaba el IVA en la importación a Aduanas. Significa que ahora pagare el VAT al proveedor y también a la aduanas de Holanda, en el momento de importarlos?
Muchas gracias por su respuesta.
Hola Javier. Primero necesitaríamos algún detalle más de la operación, para lo cual le aconsejo que nos llame directamente por teléfono.
Pero el IVA solo lo pagará una vez, está claro que no 2.
Saludos.